Tarifa plana para autónomos societarios, ¡es posible!. Desde hace unos años, los autónomos oscietarios también tienen derecho a la tarifa plana.
Requisitos para solicitar la tarifa plana
- No tener deudas con la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria.
- Ser la primera vez que se tramita el alta en el RETA o no haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores desde la fecha de efectos del alta.
¿Cuánto pagan de tarifa plana los autónomos societarios?
La base mínima de las personas físicas es de 960,60 euros, el de las personas jurídicas, autónomos societarios, es de 1.234,86 euros.
Por lo que la cuota de la tarifa plana del autónomo societario queda en unos 90 euros, frente a los 60 que pagarían los autónomos no societarios. Esta bonificación del 80% se aplica el primer año.
A partir del segundo año, las bonificaciones quedan de la siguiente manera:
- Del mes 12 al 18: 50% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes.
- Del mes 19 al 24: 30% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes.
Del mes 24 al 36: 30% de bonificación solo para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
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