Impuesto de sucesiones en Madrid: ¿Qué es
El impuesto sucesiones, es un tributo cuyo objeto es la renta que supone el aumento patrimonial por adquisición de patrimonio por aceptar una herencia.
Tanto la aceptación de una herencia, como la donación de un bien, son hechos imponibles totalmente distintos, pero de cara a la presentación de impuesto sucesiones en Madrid, se consideran una sola figura impositiva.
Herencias ( mortis causa ):
Siempre es complicado afrontar el fallecimiento de un ser querido y más pensar en todo los trámites posteriores. En momentos tan difíciles, toca hacer cantidad de trámites y que conllevan gran responsabilidad.
Es por ello, que lo mejor es contar con especialistas en sucesiones y abogados de herencias que nos guíen para que todo se tramite correctamente.
El impuesto sucesiones en Madrid se presenta a través de los modelos 660, 650 y 651.
Es imprescindible saber, que a la hora de liquidar el impuesto sepamos que cada comunidad autónoma tiene su propia normativa e influye a la hora de pagar.
A la hora de aplicar el impuesto es importante tener en cuenta tres aspectos: la base imponible, las reducciones autonómicas, y la cuota tributaria.
Donación ( inter vivos ):
Un trámite sencillo como una donación, puede convertirse en un problema sin un asesoramiento fiscal que le ofrezca y le haga saber las pautas a seguir para no cometer errores de cara a hacienda.
Nuestro departamento fiscal y jurídico, le ayuda en la gestión impuesto sucesiones y donaciones, le informamos de los costes y de la documentación que hay que presentar tanto en notarías, registros, hacienda, ayuntamientos.
En una donación ( inter vivos ), se aumenta el patrimonio por recibir un bien o dinero de un familiar o conocido, es por ello, que estamos obligados a presentar el impuesto sucesiones y donaciones.
No dude en contactarnos. Una buena decisión le puede evitar problemas si se rodea de los mejores profesionales.
Horarios
Atención al público:
- LUNES/JUEVES: 9:00h a 14:00h / 16:00h a 18:00h.
- VIERNES: 9:00h a 14:00h.
- SÁBADOS: 10:00 a 14:00h (con cita previa).
- Horario de verano: Julio y Agosto de 8:00h a 15:00h.
Atención telefónica:
- LUNES/JUEVES: 09:00h a 20:00h
- SÁBADOS: 10:00h a 14h.
- Horario de verano: Julio y Agosto de 8:00h a 15:00h.
Asesoramiento permanente
Nuestro equipo de expertos en asesoría fiscal junto con nuestros abogados, les ofrecen todo tipo de ayudas ante cualquier duda que puedan tener sobre la realización de impuesto sucesiones y donaciones.
El modelo 650 y modelo 651 es el que da cumplimiento a la obligación de declarar el impuesto sucesiones y donaciones.