¿Ya no puedo crear grupos WhatsApp sin consentimiento?

Tranquilos, esta decisión solo afecta cuando son administraciones u organismos públicos. Naturalmente que entre particulares, como familiares o amigos, no sea aplicado.

¿Cómo ha surgido este debate y la consecuente decisión?

Pues bien, un vecino de un municipio de Valladolid, Boecillo, fue incluido en un chat sin haber dado previamente su consentimiento.

Este grupo de chat fue creado por el Ayuntamiento de este municipio, incluyendo a más de 200 personas en él.

Lo que simplemente empezó como una manera de informar a los participantes de acciones o información de interés vecinal acabo en denuncia por parte de uno de ellos, ya que todos los miembros podían ver los teléfonos de los demás.

El Ayuntamiento de Boecillo, ha declarado que su intención era crear una lista de distribución de información transparente y que los números habían sido previamente facilitados por los titulares para recibir información.

El problema es que hay que pedir permiso explícito en estos temas y no generalizar cuando se consiente el uso de datos personales, ya que se suelen ceder para temas concretos no para su uso genérico.

Al haber infringido el artículo 10  de la LOPD por la exposición de datos personales, la Agencia Española de Protección de Datos ha clasificado esta infracción como grave.

“El artículo 4.2 establece que “los datos de carácter personal objeto de tratamiento no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos”

El Ayuntamiento no tardó en cerrar dicho grupo por lo que no se han tomado medidas por este asunto.

Pero la AGPD nos recuerda que a pesar que no se apliquen multas a los organismos públicos sí que pueden ser advertidos y ser objeto de acciones disciplinarias.

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La AEPD y la FEMP por la difusión de los principios del Reglamento General de Protección de Datos en las administraciones locales

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