Para la capitalización de la prestación de desempleo (capitalizar el paro) es necesario que el autónomo cumpla una serie de requisitos entre los que encontramos no haberse beneficiado en los últimos 4 años de ningún pago único por parte de la administración, tener al menos 3 meses pendientes de cobrar la prestación por desempleo y por supuesto no haber iniciado la actividad económica ni estar dado de alta en la seguridad social.
Con la antigua legislación las personas que tuvieran acreditada una minusvalía igual o superior al 33% no podían acogerse a dicha capitalización de la agencia de desempleo, sin embargo en la actualidad dicha legislación ha sido derrocada.
Para los jóvenes menores de 30 años es posible acogerse a la capitalización total del desempleo mediante un pago único, en el caso de las mujeres pueden acogerse hasta los 35 años a este beneficio.
Si se han cumplido las condiciones anteriores, es necesario darse de alta como autónomo y dar inicio a la actividad económica a la que vayamos a orientar nuestro negocio en un plazo máximo de 30 días, desde que se ha solicitado el inicio del mismo.
Esta nueva legislación permite a los jóvenes de las edades citadas disponer del 100% de la capitalización, esto ha facilitado mucho más cosas a los autónomos que desean emprender nuevos negocios, con la antigua legislación tan solo se podía disponer del 60% de la capitalización.
Si deseamos ayuda en cualquiera de estos trámites o tiene dudas sobre si puede acogerse a la capitalización no dude en exponernos su caso, en Asesoría Madrid Gesys estamos a su disposición.
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