Hoy os hablaremos de una parte muy importante para los pequeños negocios, las bonificaciones para autónomos del 2019.

Primeramente debemos saber cómo se solicitan las bonificaciones o el requisito principal previo. Las bonificaciones en la cuota para autónomos se tramitan junto al proceso de alta como autónomo en la Seguridad Social, en el caso de que cumplas con todos los requisitos es de vital importancia darte de alta.

¿Qué es la tarifa plana de 60 euros dirigida a autónomos?

También conocida como bonificación estrella, entró en vigor en allá por el 2013. En principio la cuota era de 50€ mensuales dirigida a jóvenes menores de 30 años, pero se extendió hasta llegar a mayores de 30 años en el mes de septiembre del mismo año gracias a la aprobación de la Ley de Emprendedores.

A partir del 1 de enero de 2019 queda estipulado que, la tarifa plana para nuevos autónomos es de 60 euros mensuales.

Para poder beneficiarse de la tarifa debes cumplir un requisito esencial:

  • No haber estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores, tras la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Exceptuando a las personas que han estado dadas de alta como autónomos y a la vez han estado disfrutando de la tarifa plana, para los que el tiempo de espera es de tres años a partir de la baja en autónomos.

La Seguridad Social fijó dos requisitos para las bonificaciones:

  • No podrán disfrutar de las bonificaciones los autónomos que sean administradores de sociedades.
  • Autónomos colaboradores.

Había un tercer requisito fijado por la Seguridad Social en el cual no se permitía contratar trabajadores por cuenta ajena pero fue suprimido gracias a la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y la Economía Social.

El importe de la tarifa plana a medida que pasa el tiempo va creciendo del siguiente modo:

  • Los primeros doce meses: para las altas recientes, la cuota era de 60 euros a partir del 1 de enero de 2019.
  • En el tramo de 12 a 18 meses durante el segundo trimestre la reducción era del 50%.
  • En el tramo de 18 a 24 meses durante el siguiente trimestre la reducción es del 30%.

Bonificaciones para autónomos jóvenes incorporados al RETA

Tienen derecho a una reducción del 30% sobre la cuota de contingencias comunes durante un año a partir de la culminación de la tarifa plana las mujeres menores de 35 y los hombres menores de 30.

La tarifa plana tendrá una duración de 36 meses consecutivos. En caso de que la actividad sea desarrollada en municipios de menos de 5.000 habitantes la reducción de 60 euros será durante 24 meses.

Bonificaciones para autónomos con discapacidad

A partir de lo establecido por diversas leyes, Ley de Emprendedores, la Ley de Fomento de Trabajo Autónomo y la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, para los autónomos que padecen alguna discapacidad las bonificaciones se basarán en el grado de esta, es decir, si es igual o superior al 33% se aplicará de la siguiente forma:

  • Los primeros doce meses: se aplicará una reducción de 60 euros mensuales a causa de las contingencias comunes, también se incluye la incapacidad temporal si lo que se quiere es optar por la base de cotización mínima. Si lo que se quiere es optar cotizaciones superiores, en ese caso la reducción será del 80%.
  • Del décimo tercero al sexagésimo mes: se aplicará una bonificación del 50% sobre las contingencias comunes, en la cual se incluye la incapacidad temporal durante un periodo de tiempo de 48 meses hasta llegar a 5 años desde el momento en que se realiza el alta.

Bonificaciones para autónomos de Ceuta y Melilla

Los autónomos que residen en Ceuta y Melilla tienen derecho a una reducción del 50% de la base de cotización por contingencias comunes durante un periodo de tiempo indefinido este hecho se a que realizan en dichas ciudades actividades relacionadas con el sector de comercio, hostelería, turismo.

Bonificaciones por baja temporal por paternidad o maternidad

Los beneficiarios son aquellos autónomos que necesitan un periodo de descanso debido a situaciones de paternidad, maternidad, adopción o acogimiento.

Su valía ascenderá al total de la cuota mínima de autónomos resultante de la aplicación que tenga el trabajador durante el año anterior a la fecha en la que se adopte esta medida.

La bonificación puede ser del 100% de la cuota sin que sea necesaria la contratación de un sustituto mientras dura la baja del autónomo hecho que, si sucedía antes de la aprobación de dicha ley.

Si los autónomos que han solicitado la baja por maternidad o paternidad quieren realizar una actividad por cuenta propia en los dos años posteriores a la fecha de cese contarían con una cuota fija a causa de las contingencias comunes y profesionales, la cual sería de 60 euros mensuales durante un año posterior al momento de su incorporación al puesto de trabajo.

Otras bonificaciones para la conciliación

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo busca una conexión entre la vida personal y profesional de los autónomos para lo que, introduce dos bonificaciones:

  • Para el cuidado de menores de doce años o personas con algún tipo de dependencia se les aplicará una bonificación del 100% la cual si está sujeta a la contratación de un trabajador.
  • Para madres autónomas que ya han finalizado su actividad laboral, se les proporcionará una tarifa plana y, como queda establecido desde el 1 de enero de 2019 se tienen que incorporar al mundo laboral antes de cumplir dos años desde la baja.

Bonificaciones para familiares

Los familiares de los autónomos que presten sus servicios en el negocio tienen derecho a ser beneficiarios de una bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante un año y medio posteriores al alta y de la mitad el medio año siguiente, pero hay que ser consciente de que la base de cotización en el año 2019 es de 944,40 euros.

Esta bonificación que establecida en la tramitación parlamentaria de la Reforma Laboral de 2012.

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