El permiso de paternidad 2022 se mantiene en las 16 semanas. Este permiso se trata de un subsidio que se da a los trabajadores que suspenden el contrato de trabajo o cesan en su actividad, durante unos días legalmente establecidos, por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.
La última ampliación, vigente desde el 1 de enero del 2021, elevó su duración a 16 semanas para los nacimientos a partir de esa fecha.
Características del permiso de paternidad
- Las cuatro primeras semanas del permiso deben disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las semanas restantes pueden ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio hasta que el bebé cumpla 12 meses.
- Este permiso es intransferible, por lo que, si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.
- En casos donde haya un parto múltiple, la duración se ampliará en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.
- Podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresario y es compatible e independiente del disfrute compartido de los periodos de descanso por maternidad.
- Se percibe el 100% del salario. Además, el Tribunal Supremo ha determinado que las cantidades recibidas están exentas del IRPF.
¿Quién puede pedir el permiso por paternidad?
- Los trabajadores incluidos en el régimen general y en los regímenes especiales de la Seguridad Social; y estar al corriente de los pagos, el caso de los autónomos.
- Notificar el nacimiento en los 15 primeros días de vida del bebé en una oficina de la Seguridad Social o telemáticamente.
- Haber cotizado un mínimo de 180 días durante los 7 años anteriores al momento en que solicites la baja o, 360 días a lo largo de toda tu vida laboral.
El permiso de paternidad en caso de adopción o acogimiento
- En los casos de adopción o acogimiento, la suspensión corresponderá a uno solo de los progenitores, sin embargo, cuando el descanso maternal fuera disfrutado en su totalidad por uno de los progenitores, el derecho a la suspensión por paternidad únicamente podrá ser ejercido por el otro.
- Cuando es uno solo el progenitor o adoptante, no puede acumularse el periodo de paternidad al de maternidad.
Documentación para solicitar el permiso de paternidad:
- DNI
- El informe médico del parto, el libro de familia o la certificación de la inscripción en el Registro Civil del bebé.
- También la cumplimentación del modelo correspondiente de la Seguridad Social, el documento de situación de actividad en el que quedará constatando que eres autónomo y el número de cuenta en el que debe de hacerse el ingreso.
- En caso de hablar de adopción, o acogida, deberás presentar la resolución judicial que la acredite.
Si necesitas ayuda para solicitar dicho permiso o necesitas más información o asesoramiento respecto al permiso de paternidad, ponte en contacto sin compromiso y pide presupuesto.
Asesoría Madrid GESYS