Próximamente serán aprobados los nuevos modelos en el calendario fiscal de 2021 que se indican a continuación, cuyo plazo de presentación tendrá en cuenta la fecha de entrada en vigor de estos:
- Modelo 035 “Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes”: inicio (antes del inicio de las actividades o cuando ya se hubieran iniciado hasta el décimo día del mes siguiente a este inicio), modificación: hasta el décimo día del mes siguiente a la modificación) y baja (al menos quince días antes del final del mes o trimestre anterior al que se pretenda dejar de utilizar el régimen).
- Modelo 369 “Declaración – liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes”: hasta el último día del mes siguiente al mes o trimestre natural al que se refiera la declaración.
- Modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos”. Se encuentra actualmente en fase de elaboración la nueva normativa, tras la anulación por el Tribunal Supremo (Sentencia 1106/2020) de la obligación de información.
- Modelo 234 “Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal”: 30 días naturales siguientes al nacimiento de la obligación de informar.
- Modelo 235. “Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables”: mes natural siguiente a la finalización del trimestre natural en el que se haya obtenido nueva información que deba comunicarse.
- Modelo 420. “Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. Autoliquidación” (obligación trimestral): mes de abril, julio, octubre y enero (Modelo pendiente de aprobación).
- Modelo 604. “Impuesto sobre las Transacciones Financieras” (obligación mensual): 10 al 20 del mes siguiente al correspondiente periodo de liquidación mensual (Modelo pendiente de aprobación).
Declaración de la Renta 2021
El 7 de abril de 2021 se inicia el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2020.
A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2020 por teléfono y a partir del 2 de junio presencialmente en sus oficinas y hasta el 30 de junio de 2021.
Para ser atendido por la Agencia Tributaria concierte previamente cita, a partir del 4 de mayo para su atención por teléfono y a partir del 27 de mayo para acudir a nuestras oficinas. La cita previa la puede concertar hasta el 29 de junio de 2021.
Más información sobre el calendario del contribuyente 2021
Asesoría Madrid GESYS