En ciertos negocios necesitamos contar con un vehículo para llevar a cabo nuestro negocio. Lo que desconocemos es que en la Declaración de la Renta puede incluirse el coche de empresa.

Dependiendo de quién sea su dueño y del uso que se haga de este, habrá que incluirlo de un modo u otro al realizar el borrador del IRPF.

Para Hacienda, el coche de empresa se considera parte del sueldo del trabajador, percibido como una retribución en especie, si este lo utiliza para otros fines que no sean laborales.

Otros ejemplos de beneficios son los vales de comida, el seguro de salud o el alquiler del piso.

En el caso de que solo se use para trabajar no habrá que tributar por él.

También deberemos tener en cuenta si el vehículo está a nombre de la compañía o del empleado, ya que determinan la cantidad a tributar.

  • Coche a nombre de la empresa: Cuando el vehículo está a nombre de la empresa deberás valorar el uso del vehículo por el 20% del coste de adquisición.
  • Coche a nombre del trabajador: Por el contrario en esta situación es un 20% se sobre su valor de mercado, ya que podrías vender el coche en cualquier momento.

Una vez aclarados estos puntos, se procede al prorrateo de los días que se calcula que se va a dar uso de dicho vehículo para uso particular.

Vehículos energéticos

Si tu coche, furgoneta o moto es considerado energético podrás reducir hasta un 30% adicional. Un 15% cuando el coche no supere emisiones de CO2 de 120 g/km y el valor de mercado a nuevo no supera los 25.000 euros y del 20% si se trata de vehículos híbridos o propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás y gas natural) cuyo valor de mercado no sea de más de 35.000 euros.

¿Y si el coche no es propiedad de la empresa o empleado?

Esto puede darse por un renting y leasing, que también se valora con un 20% se calculará sobre su valor de mercado, incluidos los gastos y tributos de la adquisición, si el vehículo fuese nuevo.

Si la empresa vende el coche

Este caso funciona como cualquier otro caso de compra-venta de vehículos. En este caso se pagaría el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

En cambio, si se entrega como una retribución al empleado, se pagarán impuestos por el valor de la transmisión.

N cualquier caso, se debe tramitar el cambio de titularidad del coche o vehículo.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies