La cotización por módulos o estimación objetiva es una de las formas de tributar que tienen los autónomos.
A pesar de ello, no todos los autónomos pueden tributar por módulos. Este sistema solo acoge unas actividades que el Ministerio de Hacienda publica en el BOE al final de cada año.
Este sistema se centrar en negocios, como peluquerías, cafeterías, comercios al por menor, donde sería muy difícil, declarar todas las operaciones que se realizan.
Este sistema facilita a los autónomos la gestión de su fiscalidad.
No hará falta llevar libros de ingresos y gastos, aunque sí debemos conservar las facturas emitidas y recibidas.
¿Por qué? Esto es debido a que su funcionamiento establece una escala, que atiende a un conjunto de indicadores, en la que te dicen exactamente cuánto te corresponde pagar trimestralmente en pagos fraccionados.
Requisitos
- Este régimen solo se aplica a los autónomos cuya actividad está incluida en la orden anteriormente indicada.
- El volumen de ingresos en el ejercicio anterior no debe superar los 250.000 euros.
- 125000euros el caso de emitir facturas a empresas o autónomos.
- El volumen de compras, en el mismo periodo, no debe exceder los 250.000 euros.
- No haber renunciado ni estar excluido del régimen simplificado del IVA o del especial de la agricultura.
- No se podrá realizar otras actividades que tributen en estimación directa.
Pago del IRPF en sistema de módulos
Los autónomos en módulos tienen que hacer pagos fraccionados del IRPF. Para ello deben presentar cada trimestre el modelo 131.
Pero esto no exime el pago del IVA por la actividad.
Como hemos comentado el pago fraccionado será de un porcentaje del rendimiento según lo establecido para el módulo a 1 de enero.
El porcentaje dependerá de la situación del autónomo y del negocio.
Como norma general, será del 4% y se reducirá al 3% cuando el autónomo tenga a una persona asalariada, y al 2% si no se cuentan con empleados.
¿Cuál es la diferencia entre estimación objetiva y directa?
Si no tienes ninguna previsión de cómo va a ir tu negocio, lo mejor para ti es acogerte al régimen de estimación directa ya que pagarás el IRPF teniendo en cuenta de los beneficios.
Si eliges módulos, deberás pagar la misma cantidad independientemente de tus ingresos, ya que va por tramos.
En el régimen de estimación directa deberás presentar trimestralmente el modelo 130 y el modelo 131, estimación objetiva.
¿Puedo cambiar de sistema de cotización?
Si deseas pasar de la estimación directa a la objetiva, la renuncia tendrá efectos por un mínimo de 3 años.
La renuncia debe producirse el mes de diciembre anterior al año natural en que deba surtir efecto.
Una vez transcurrido ese periodo de tiempo, se podrá solicitar el cambio para cada uno de los años siguientes.
Novedades 2020 sobre la renuncia al sistema de módulos
Los trabajadores autónomos que tributen por Módulos podrán renunciar de forma excepcional durante 2020 a la tributación del rendimiento del IRPF a través de este sistema.
El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, permite la renuncia al sistema de Módulos mediante la presentación de los impuestos correspondientes al primer trimestre a través del modelo 130 de pago fraccionado de estimación directa.
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Fuentes: AEAT, bankia y holded.