La Agencia tributaria ya ha facilitado en su web el calendario del contribuyente 2015. En el encontramos información y plazos de presentación de las declaraciones tributarias.

Lo primero a haber realizado es las declaraciones del cuarto trimestre de 2014. Esto se debió realizar en Enero. La presentación de declaraciones deberá ser de forma telemática salvo excepciones. Muere el papel preimpreso.

Se implanta el sistema Cl@ve, de identificación, autenticación y firma electrónica común que permitirá al ciudadano relacionarse por Internet con los organismos de la Administración. Esto no pretende otra cosa que facilitar el proceso.

Otras novedades:

  • Se aprueba el modelo 034 de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los nuevos regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el IVA.
  • Se aprueba el modelo 143 “IRPF.
  • Se aprueba el modelo 290 de “Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses”.
  • Para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, en el modelo 322 se permite optar o revocar la opción por la aplicación de la prorrata especial.
  • Se aprueba el modelo 368 “Declaración -liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA.”
  • Quedan exonerados de presentar el modelo 390 ” Declaración – resumen anual del IVA “
  • Se aprueba el modelo 410 “Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación”.

Fechas Importantes:

  • 2, 20 y 31 Marzo: Fechas límite para la entrega de documentos como las declaraciones anuales consumo de energía o Impuestos sobre Electricidad o Hidrocarburos.
  • Entre el 7 de abril y el 30 de junio, cuando estará disponible la opción de entregar la declaración de la Renta y el Patrimonio.
  • 20 y 30 de Abril: límite de entrega de documentos oficiales.
  • Del 11 de mayo al 30 de junio: entrega de la declaración de la Renta.
  • 20 de mayo y 22 y 25 de junio: fechas marcadas para hacer la entrega de documentos como IVA e Impuestos variados.
  • Ya en verano sólo habrá que recordar los días 20, 27 y 31 de julio, 20 de agosto y 21 de septiembre como fechas clave. Además, se dispone de todo el mes de agosto para presentar los modelos 349 del IVA y 430 del Impuesto sobre las Primas de Seguros.
  • Último trimestre: el 20 de octubre, el 2, 5, 20 y 30 de noviembre y el 21 y 31 de diciembre. De esta forma, terminaría el año fiscal y se daría paso al siguiente. En cualquier caso, todos estos datos vienen especificados de forma completa en la página web de la Agencia Tributaria.

Más información en: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/Diversos/Acceso_Directo/A_un_click/Calendario_contribuyente_2015/Calendario_Contribuyente_2015.pdf

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