La Incapacidad Temporal (IT) es un subsidio diario que lo que hace es cubrir la pérdida de rentas en el tiempo que el trabajador esta impedido además de recibir la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

¿Cuándo se considera IT?

– Desde el 4º día de baja, por enfermedad común o accidente no laboral

– Desde el día siguiente de baja por accidente o enfermadad derivada del trabajo.

¿Cuánto dura la prestación por baja IT?

La duración máxima es de 365 días, siendo prorrogable 180 días mas si se creen necesarios para su completa recuperación.

Esta prestación acabaría en el momento de: Alta médica, cese de asistencia a los reconocimientos establecidos, en el caso de pasar a ser pensionista o cuando el periodo máximo se cumpla.

¿Cuáles son los trámites de la baja IT?

  • Cuando no han cumplido los 365 días: El servicio Puúblico de Salud o la Mutua Colaboradora con la SS serán aquellos que extiendan los partes de baja, su confrmación y cuando consideren que el empleado puede volver a su trabajo, el alta.

También el Instituto Nacional de la SS (INSS)  y en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), podrán emitir el alta.

  • Para prorrogar la baja después de haberse cumplido los 365 días: El Instituto Nacional de la SS (INSS)  y en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), además, son aquellos que pueden reconocer la prorroga, la emisión de un nueva baja y la iniciación de una incapacidad permanente.

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