Además de solicitar y adquirir también se puede perder la nacionalidad española.

Tanto en nuestros servicios como en nuestro blog corporativo encontraras información sobre como solicitar la nacionalidad española, en este post nos centraremos en la perdida dela nacionalidad.

No importa como hayas obtenido la nacionalidad española, tanto si eres inmigrante o original de España, existen distintos motivos por los que puedes perderla.

Estos motivos están recogidos en:

Eso, si, algunos casos diferencian a originarios de aquellos que han obtenido la nacionalidad por otros motivos.

Casos para españoles originarios y no originarios

Adquisición voluntaria de otra nacionalidad

Aquellas personas emancipadas o mayores de edad, que residan de forma habitual en otro país, perderán la nacionalidad española cuando adquieran otra voluntariamente y hayan pasado 3 años desde la adquisición de la nacionalidad extranjera.

Una forma de evitar que esto pase es declarar que se tiene interés en conservarla.

Quedarán exentas de la pérdida de nacionalidad ante países que permitan la doble nacionalidad como países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.

Único uso de una nacionalidad extranjera

En este caso, perderán la nacionalidad española aquellas personas emancipadas o mayores de edad que, viviendo de forma habitual en el extranjero, utilicen únicamente la nacionalidad extranjera que tuvieran antes de su emancipación.

También, como en el caso anterior, podemos evitar que esto pase.

Cuando se renuncia a la nacionalidad española

“En todo caso, pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.” – artículo 24 punto 2 del Código Civil.

Residentes en el extranjero que no declaren la voluntad de conservar la nacionalidad española

Si hemos nacido y residimos en el extranjero, aunque seamos hijos de padre o madre españoles, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad de este, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.

Casos solo para españoles no originarios

  • Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
  • Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
  • La sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española produce la nulidad de tal adquisición.

¿Puedo recuperar la nacionalidad española?

El Código Civil además de recoger las formas de perder la nacionalidad española también detalla cómo recuperarla. Cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Ser residente legal en España. Este requisito no se aplicará a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. En los demás casos podrá ser dispensado por el Ministro de Justicia cuando concurran circunstancias excepcionales.
  • Declarar ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.
  • Inscribir la recuperación de la nacionalidad en el Registro Civil.

Pero no podrán adquirir de nuevo la nacionalidad española, los españoles que no lo sean de origen y hayan perdido la nacionalidad por adquirirla nacionalidad a la que declararon renunciar y cuando entren de forma voluntaria al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.

Nuestra gestoría en Madrid es experta en extranjería y en tema de nacionalidades, si necesitas ayuda contacta con nosotros sin compromiso.

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