A continuación, os especificaremos cómo solicitar la nacionalidad española por residencia.

Para empezar la nacionalidad podemos decir que es un vínculo que une a la persona con el Estado, este disfruta de unos derechos, pero a su vez debe cumplir una serie de obligaciones y deberes.

Para hacerse con una nacionalidad no es necesario haber nacido en ese estado en concreto si no que se puede conseguir, al menos en el caso de España, por residencia, por opción o filiación.

En esta ocasión os hablaremos de la nacionalidad española por RESIDENCIA.

Requisitos para solicitar la nacionalidad

  • Este tipo de obtención de nacionalidad lo pueden solicitar aquellas personas mayores de edad, menores de edad emancipados y menores acompañados de su asistente legal.
  • Uno de los requisitos es haber residido en nuestro país de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, durante:

5 años: Aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.

2 años: Nacionales de países Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí.

1 año: para nacidos en territorio español, que lleven un año casado con un ciudadano español, el nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españoles.

10 años: Para el resto.

  • No tener antecedentes penales, órdenes de expulsión, rechazo en frontera, denegación de entrada, etc…
  • Otro de los puntos; disponer de conocimientos de la cultura, geografía e historia española. Para ello debes de pasar el examen denominado CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales) del Instituto Cervantes, a no ser que hayas cursado la ESO (Enseñanza Secundaria obligatoria) en España o seas refugiado.

Los menores de edad y las personas con algún tipo de incapacidad quedarán exentos de ellos. Estas pruebas se realizarán en toda la red de los centros del Instituto Cervantes.

Documentación para solicitar la nacionalidad por residencia

  • La  solicitud aprobada por resolución.
  • Justificante de pago de la tasa 790.
  • Tarjeta de Identidad (NIE) o Certificado de Registro de Ciudadanos de la UE y pasaporte completo, en vigor.
  • Certificado de nacimiento del interesado, traducido y legalizado.
  • Certificado de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado. Si no constase el plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de 6 meses desde que se ha expedido.
  • Examen de conocimiento constitucionales y socioculturales de España del Instituto Cervantes, aprobada.
  • En el caso de que se quisiera obtener la nacionalidad por residencia por matrimonio con un ciudadano español se debe aportar el certificado de matrimonio.
  • Si es por ser descendiente de español, la certificación literal de nacimiento del padre/madre española, o el certificado literal de nacimiento abuelo/abuela española.

Contacta para solicitar tu nacionalidad por residencia. Los expertos en nuestra gestoría en Madrid están para ayudarte e informarte de todo.

Además, reducimos a cero la posibilidad que la documentación aportada para la nacionalidad no sea válida o la adecuada, ya que presentamos la documentación para validarla ante el Colegio Oficial de Gestores antes de que su solicitud pase al Ministerio de Justicia.

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