Existen una serie de deducciones en la declaración de la renta que podemos reflejar en su momento para poder desgravar, siendo una ventaja a la hora de ahorrar.

Podemos encontrar varias ya sean por motivos de viviendas, familiares, personales, etc…

Aquí os dejamos algunas de las más recurridas y de las que te puedes beneficiar como contribuyente.

Deducciones por maternidad

La semana pasada os hablábamos de las ayudas a madres trabajadoras. Y os explicábamos que una de las maneras de solicitarlo era a través de la declaración de la renta.

Encontrarás este beneficio fiscal en la casilla 551, donde además deberás indicar si ya las cobrado por adelantado y los meses en los que tenías derecho a ella.

Por lo que si tienes un niño menor de 3 años puedes beneficiarte de estos 1200 € al año.

Seguimos con el entorno familiar,

Deducciones por nacimiento y adopción

Esta deducción en el IRPF no es algo que regule el Estado si no que se confecciona a nivel autonómico.

Por ejemplo en la Comunidad de Madrid se aplican una serie de beneficios fiscales para hacernos más llevaderos los gastos por nacimiento o la adopción de hijos:

Deducción de 600€ al año durante 3 años por cada niño nacido o adoptado a partir del 1 de enero de 2018. En partos y adopciones múltiples o adopciones internacionales la cuantía correspondiente al primer año se incrementará en 600€ por cada hijo.

Límite de renta del contribuyente: 30.000€ en tributación individual o 36.200€ en tributación conjunta. Límite renta unidad familiar: 60.000€

Deducciones por familia numerosa o discapacidad

Si eres familia numerosas (más de 2 hijos), monoparental con dos hijos que no reciban pensiones por alimentos o tienes a tu cargo algún hijo o padre/madre con discapacidad tienes derecho a una deducción de 1.200 € hasta 2.400 €, en casos especiales.

Como sucede con la ayuda para madres trabajadoras, y puedes solicitarlo aquí.

Desgravación por Gastos Educativos

Esta deducción también depende de la Comunidad Autónoma donde resida. Cómo nuestra gestoría se encuentra en Madrid, ponemos como ejemplo dichas desgravaciones.

  • Gastos de escolaridad – 15%
  • Vestuario de uso exclusivo escolar – 5%
  • Enseñanza de idiomas – 10%

Hasta un máximo de deducción de  900 euros por cada estudiante.

Deducción por compra de vivienda habitual

Tenemos una buena o mala noticia, depende de cuando hayas comprado tu vivienda habitual (donde residas la mayor parte del año).

Si ha sido antes del 1 de Enero de 2013, puedes desgravarte en la renta.

El porcentaje de deducción aplicable a la base de deducción será en todo caso del 7,50%. Siendo la base máxima de deducción 9.040€ anuales.

Deducción por alquiler

Estatalmente la deducción ha desaparecido para los alquileres posteriores al 31 de diciembre de 2014.

Autonómicamente sí que existen una serie de ayudas.

En Madrid, por ser menor de 35 años puedes deducirte el 30% de las cantidades destinadas al alquiler de su vivienda con un límite de 1000€. La edad se eleva hasta los 40 años para las personas en situación de desempleo con cargas familiares.

Aportaciones a ONG

Si hemos realizado algún donativo a una ONG, debemos saber que podemos aplicarnos deducciones fiscales.

Hasta 150€  podemos aplicar un porcentaje de deducción incrementado del 75 % (en actividades prioritarias del mecenazgo el 80 %).

Cuando excedemos esta cuantía el porcentaje varía por diversos factores.

Importe Donación Actividad No Prioritaria Mecenazgo Actividad Prioritaria Mecenazgo
Hasta 150€ 75% 80%
Exceso sobre 150€ 30% 35%
Exceso sobre 150€ y recurrencia 35% 40%

Inversión en empresas de nueva o reciente creación

Los contribuyentes pueden deducirse el 20% de lo invertido a partir del 29 de septiembre de 2013.

La base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales y estará formada por el valor de adquisición de las acciones o participaciones suscritas.

¿Quieres saber si cumples los requisitos de la entidad para saber si puedes desgravarte? Haz clic en el enlace.

deduccion-renta

 

Estos son algunos casos en los que nos podemos beneficiar de desgravaciones en el IRPF. Por supuesto, podemos encontrar muchos más casos.

Si tienes dudas puedes contar con nuestra gestoría en Madrid, cuyo equipo lleva años ayudando a contribuyentes en la elaboración de la Declaración de la Renta.

Recuerda que puedes contactarnos  e informarte sin compromiso.

 

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